
Más de 300 niños buscan familias que les acojan y ofrezcan un futuro mejor
He visto esta noticia y os la pongo a ver si os animais:
Cruz Roja gestiona en Almería el Programa de Acogimiento Familiar de la Junta de Andalucía, que pretende cambiar la vida de unos niños sin familia como alternativa a su internamiento residencial
El delegado provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar
Social de la Junta de Andalucía, Luis López, ha presentado la campaña
con la que se pretende dar a conocer en toda la provincia el Programa
de Acogimiento Familiar para aquellos niños que se encuentran acogidos
por la Junta en guarda o tutela, que en estos momentos alcanzan la
cifra de 476. De ellos, 154 ya forman parte de este programa, de los
que 126 están acogidos con parientes y 28 con familias ajenas.
Luis
López no duda en afirmar que pese a los magníficos profesionales y la
gran motivación de quienes trabajan en los centros de acogida oficiales
y en los residenciales, "la mejor alternativa para los niños es una
familia". De esta importante tarea se encarga desde hace tres años Cruz
Roja, representada por Mari Carmen González, que estuvo acompañada en
el acto de presentación por María García Cara y Manuel Martínez Domene,
de la delegación de Igualdad.
Este Programa "pretende dar
respuesta a las necesidades de determinados niños que no pueden ser
atendidos adecuadamente por sus padres o tutores, por medio de la
convivencia e integración en otro núcleo familiar donde puedan recibir
una atención integral. El acogimiento familiar es así una alternativa
de convivencia frente a un internamiento residencial, ya que supone la
plena integración del niño en la vida de la familia que lo acoge, que
se compromete a tenerlo consigo, cuidarle y educarle como un miembro
más. Compromiso social y sentido de voluntariedad de las familias
acogedoras se convierten así en elementos indispensables del
acogimiento".
Existen diferentes modalidades de acogimiento en función del núcleo familiar y de la duración. En el primer caso se puede dar en familia extensa,
en la que existe una relación de parentesco por consanguinidad o
afinidad hasta el tercer grado entre el menor y los solicitantes del
acogimiento; o en familia ajena, en el que no existen lazos de
parentesco y procede cuando no es posible el acogimiento en la familia
extensa, bien por inexistencia de parientes interesados en su
constitución o por la falta de idoneidad de estos.
En cuanto a la duración del acogimiento, existen el acogimiento simple, de urgencia, y permanente.
Es simple cuando está previsto que el menor vuelva con su familia en un
tiempo establecido o pase a otra medida de protección, teniendo una
duración máxima de uno a dos años. En el acogimiento permanente no hay
una previsión de retorno, prolongándose en determinados casos hasta la
mayoría de edad, mientras que el de urgencia es una modalidad que
requiere una separación inmediata del menor del núcleo familiar así
como evitar su ingreso en un centro residencial, siendo exclusivamente
para menores entre cero y seis años, y con una duración máxima de seis
meses.
Es importante destacar que el acogimiento es una medida
complementaria y no una sustitución de la familia biológica, como
ocurre en la adopción, ya que en esta figura no se puede dar la
adopción. Por este motivo, explicó María García, se busca a familias
con un alto sentido de compromiso social, que no tengan en su plan de
vida expectativas de adopción, y que puedan colaborar con la familia de
origen.
Los requisitos legales que se deben cumplir pasan por
ser mayor de edad, residir en Andalucía, superar una declaración de
idoneidad y tener unas ciertas capacidades. Si se trata de un
matrimonio o pareja, uno de los miembros no debe trabajar, "pero
también es importante destacar que existen ayudas económicas por parte
de la Junta, concretamente hay 88 casos en la actualidad que están
remunerados".
Por su parte, Mari Carmen González manifestó que
cada acogimiento es diferente, "ya que en unos casos se establecen
contactos y colaboración con las familias biológicas y en otros no; por
ello, hay que enfocarlo y apoyarlo de forma diferente".
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Esta parte es bastante dificil de cumplir hoy en día:
"Es importante destacar que el acogimiento es una medida complementaria y no una sustitución de la familia biológica, como ocurre en la adopción, ya que en esta figura no se puede dar la adopción. Por este motivo, explicó María García, se busca a familias con un alto sentido de compromiso social, que no tengan en su plan de vida expectativas de adopción, y que puedan colaborar con la familia de origen.
Los requisitos legales que se deben cumplir pasan por ser mayor de edad, residir en Andalucía, superar una declaración de idoneidad y tener unas ciertas capacidades. Si se trata de un matrimonio o pareja, uno de los miembros no debe trabajar, "pero también es importante destacar que existen ayudas económicas por parte de la Junta, concretamente hay 88 casos en la actualidad que están remunerados".